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RESUME

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Employment

  • 2015-future

    Mutation Media @ Web Developer

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  • 2011-2014

    Websoham @ Exclusive Admin

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  • 2009-2011

    Templateclue.com @ Lead Developer

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Education

  • 2015

    University of Engineering @Level

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  • 2013-2014

    College of Awesomeness @ passed

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  • 2009-2013

    College of Informatics @ graduated

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Skills & Things about me

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jueves, 5 de septiembre de 2019

RECURSO DE PROTECCIÓN

miércoles, 4 de septiembre de 2019

quiebra personal

JUZGADOS DE POLICÍA LOCAL


Los Juzgados de Policía Local (JPL), son tribunales chilenos especiales, que no forman parte del Poder Judicial, pero sí están bajo supervisión directiva, correccional y económica de la Corte de Apelaciones respectiva, mientras que sus atribuciones y organización esta normadas por la Ley N° 15.231 de 1978 «sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local».

Es de competencia de los JPL, las infracciones a :
  • Normas sobre el transporte por calles y caminos y el tránsito libre de las personas;
  • Normas sobre protección de derechos de los consumidores;
  • Ordenanzas, reglamentos, acuerdos municipales y decretos de la alcaldía;
  • Ley sobre rentas municipales;
  • Ley general de urbanismo y construcciones, y su ordenanza respectiva;
  • Leyes sobre pavimentación
  • Ciertas normas de la ley sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas;
  • Ciertas normas sobre espectáculos públicos, diversiones y carreras;
  • Toda otra materia que la ley indique debe ser tramita ante el Juzgado de Policia Local

CAMBIO DE NOMBRE O APELLIDO


El nombre de este procedimiento legal es rectificación de la partida de nacimiento y consiste en cambiar nombres, apellidos o ambos. Existen dos vías para realizar esta solicitud:

Administrativa: opera de oficio en el Servicio de Registro Civil e Identificación a petición del interesado y es válida sólo para quienes presenten omisiones o errores en su partida de nacimiento. 

Judicial: requisitos:  
  • Que los nombres del solicitante sean ridículos, risibles o les impliquen menoscabo moral o material.
  • Que el solicitante haya sido conocido por más de cinco años con otros nombres.
  • Si el solicitante se encuentre en la siguientes situaciones: En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación, para agregar un apellido cuando la persona hubiera sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido, cuando fueren iguales
  • Si el solicitante tenga nombres o apellidos, o ambos, que no sean de origen español, podrá solicitar se la autorice para traducirlos al idioma castellano. Podrá, además, solicitar autorización para cambiarlos, si la pronunciación o escrituración de los mismos es manifiestamente difícil en un medio de habla castellana 

TRAMITACIÓN 
El procedimiento se origina con una solicitud de cambio de nombre (rectificación de partida) que se solicita ante el Juez de Letras en lo Civil, con competencia en el domicilio del solicitante. Este procedimiento tiene carácter de voluntario. Su duración aproximada es de 6 a 12 meses y requiere el patrocinio de un abogado. 

DOCUMENTACIÓN MÍNIMA 
Copia de partida de nacimiento (Servicio Registro Civil). 
Testigos (que declaren sobre uso del nombre, o bien, sobre los daños que le ha causado un nombre a la persona solicitante). 
Otro documento donde aparezca el uso del nombre por el cual se desea cambiar el original. 

CONSIDERACIONES 
– Si modifico mi apellido, ¿mis hijos heredarán dicha modificación? 
El cambio de apellido se hace extensible a los hijos sujetos a la patria potestad, es decir, aquellos hijos cuyos bienes son administrados por el adulto que los tiene bajo su cuidado personal y debe pedirse en el momento de solicitar el cambio. También se hace extensible a los demás descendientes que consientan en ello. 

– ¿Puedo retractarme de la modificación a mi nombre o apellido? 
No, sólo se permite un cambio en la vida. 

– Si modifiqué el apellido de mis hijos, luego de modificar el mío, ¿pueden ellos rectificar esto en el futuro? 
No, la legislación contempla que sólo se puede realizar una vez en la vida, ya sea por voluntad propia o por decisión de los padres. 

– Si cambio mi apellido, pero mis hijos no quieren hacerlo, ¿tendrán problemas para heredar mis bienes? 
No, el cambio de nombre no altera la filiación, por lo que sus descendientes heredarán normalmente. 

Si necesita iniciar un procedimiento judicial para cambiar de nombre o apellido, contáctenos vía whatsapp +56971639281 o escríbanos a contacto@quintalegal.cl, aclararemos todas su dudas y consultas.

lunes, 26 de agosto de 2019

PROTECCIÓN ALZA ISAPRE

Cada año, las isapres realizan un ajuste en su precio base del plan de salud, enviando una "carta de adecuación" al domicilio del afiliado.

Adecuación de contrato por alza de precio base, corresponde a la facultad de la isapre de revisar los contratos de salud de manera anual (en virtud del DFL N°1, de 2005 del Ministerio de Salud), y proponer al afiliado modificar el precio base del plan. Dicha  facultad revisora de la Isapre debe entenderse condicionada en su esencia a un cambio efectivo y plenamente comprobable del valor económico de las prestaciones médicas, en razón de una alteración sustancial de sus costos, es decir, no pueden realizar aumentos anuales injustificados de las prestaciones médicas pactadas.
La Corte Suprema ha declarado en múltiples fallos por recursos de protección presentados contra alzas de planes de las isapres, que el alza anual efectuada unilateralmente por las Isapres es ilegal, arabitrario, y vulnera las garantías constitucionales del afiliado. Además, ha dispuesto expresamente que el contrato de salud previsional, por el que se acuerda un plan de salud determinado, no podrá ser afectado en el futuro por alzas anuales unilaterales de la Isapre sustentadas en la causa que ha sido declarada contraria a las garantías constitucionales del afiliado. 
¿CÓMO FUNCIONA?
Notificación Carta de adecuación. La adecuación del valor se aplica cuando se cumple la anualidad del contrato entre el afiliado y la isapre. Tres meses antes de ello, la aseguradora debe notificar del alza al cotizante a través de carta certificada. Junto con ello, debe ofrecer una opción de plan que cueste lo mismo que el actual, aunque puede tener coberturas distintas. 
Ejemplo: Quien cumpla anualidad en diciembre de 2019, debiera recibir la carta a partir del mes de septiembre de 2019

Desde que Usted recibe la Carta de Adecuación, existe un plazo de 30 días corridos para reclamar - si su isapre es Consalud -, o hasta 90 días corridos, para el resto de las Isapres. En ambos casos, si no alcanzó a hacerlo o no le llegó la carta de adecuación, tiene hasta 30 días corridos desde recibido el  Formulario Único de Notificación o FUN. 

Formulario Único de Notificación o FUN, es un documento que forma parte del contrato de salud, en el cual se detalla el nuevo precio del plan de salud. Se envía directamente al afiliado o a su empleador, en caso de trabajadores dependientes, para efectos de hacer los descuentos en las liquidaciones de sueldo.

 Recurso. Una vez informado el reajuste, el afiliado puede decidir si acepta el alza de precio (si no responde se entiende que está conforme) o reclamar por este. Para esto último hay dos vías: a través de la Superintendencia de Salud y ante las cortes de Apelaciones vía Recurso de protección.

 Resultado. En la mayoría de los casos las cortes fallan a favor de los afiliados. Actualmente, el 10% de la cartera de las isapres está judicializada, es decir, uno de cada diez cotizantes reclamó por el alza de precio en tribunales y les congelaron el valor de su plan.

NOTAS:
(*) Certificado de Cotizaciones de Salud pagadas, documento que emite la Isapre a solicitud del afiliado o su empleador, y  que deberá contener la información relativa al trabajador durante el periodo de afiliación. Este certificado permite verificar los valores pagados con anterioridad a la adecuación del plan.

(*) Correos electrónicos enviados por las Isapres comunican el alza del precio del plan para la anualidad julio 2019 - junio 2020, sólo son informativos y no sirven para presentar un reclamo o recurso de protección.

Si ha recibido una Carta de Adecuación o FUN, y se encuentra dentro de plazo, contáctenos vía whatsapp +56971639281 o vía mail a contacto@quintalegal.cl para interponer un recurso de protección en su favor, el cual dejara sin efecto el alza de su plan. El trámite que realizamos no tiene costo, pues nuestros honorarios son asumido por las costas que fija la respectiva Corte de Apelaciones, lo cual significa, que son asumidos por la propia Isapre.

viernes, 22 de marzo de 2019

Áreas de Prácticas

Qué es lo que hacemos


ASESORÍA JURÍDICA

Defensa Deudores, Tercerías, Renegociación y Liquidación, Posesión efectiva, Indemnización. Tramitación Judicial y Administrativa en general.

ESCRITURAS PÚBLICAS

Redactamos todo tipo de documentos, escrituras públicas: Sociedades, Propiedades, Liquidación SC, Cesión de Derechos, Testamento, entre otros.

CAMBIO DE NOMBRE

Procedimiento legal que ermite cambiar el nombre y/o del apellido de una persona, y la consiguiente rectificación en su partida de nacimiento.

POLICÍA LOCAL

Accidentes de Tránsito, Infracción Derechos del Consumidor, Ley de Copropiedad Inmobiliaria, entre otras materias.

ALZA PLAN ISAPRE

Recursos de protección contra alzas de isapre. El trámite es gratuito para el afiliado, pues nuestros honorarios son cubiertos por las costas del juicio.

FAMILIA

Alimentos, divorcio, cuidado personal, relación directa y regular, filiación, adopción, autorización salida del país, fin acuerdo de unión civil, entre otros.

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